
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. Punto 25 de la declaración de los derechos humanos
jueves, 12 de noviembre de 2020
ODAXVII
El sol se había retirado ya definitivamente
dejando esa media claridad
propicia al misterio o al ensueño
que arranca un destello de poesía
a las cosas y a las almas.
Cuando la tarde muere.
La melancolía invade mi cuerpo,
como seres extraños
penetrando por todo mi ser,
con la angustia de no saber
sí volveré a verte,
desencantado por las promesas
de hombres sin corazón.
esperando un mañana que no
sé si traerá risas o lagrimas
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