
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. Punto 25 de la declaración de los derechos humanos
jueves, 12 de noviembre de 2020
ODAXV
Cuanto tiempo, mi amor,
añoro tu presencia, tus labios, tu sonrisa,
tus ojos mirando fijamente los míos,
tal vez ni piensas en mí,
ni notes mi ausencia,
te amo con todo mi corazón
sin esperar que tú me ames a mí
podrán pasar cien años
yo te seguiré amando,
porque, aunque en sueños siempre eres mía
mi amor se multiplica por cada momento sin ti.
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